“Los puestos ambulantes deben ver regularizada su tarifa para que haya un retorno de la gestión de ingresos al Ayuntamiento de Avilés”

La primera enmienda se ha hecho a la ordenanza número 105. La edil Esther Llamazares defiende que en su grupo municipal “consideramos necesaria la revisión íntegra y modificación relativa al Mercado de Abastos”. La portavoz del PP defiende que en el articulado de la propuesta general “debe incluirse el número de puestos ambulantes autorizados en el mercado semanal de los lunes; el emplazamiento de los puestos en el mercado semanal y los requisitos para obtener la autorización municipal; la suspensión de la autorización; la pérdida y la trasmisión de la autorización; el procedimiento de selección y la regulación específica para el mercado de los lunes, así como de otros mercados que se celebren de forma esporádica tales como el mercado medieval o la Navidad”.

 

En cuanto a las tarifas aplicables al mercado de la plaza de los Hermanos Orbón no se ejecuta la recogida en la ordenanza en los puestos ambulantes. La propuesta del Partido Popular es que “se actualice la tarifa y haya un retorno de la gestión de ingresos al Ayuntamiento de Avilés, ya que la tasa tiene la consideración de contraprestación de carácter tributario”. Llamazares recuerda que “el hecho de que sea la empresa concesionaria del mercado de abastos la que realiza la gestión de cobro de los vendedores ambulantes, implica un incremento del 21% del IVA en el precio de dicha tasa”.

 

En el apartado que tiene que ver con el Festival de la Cerveza, debido a que no se celebra en la Plaza de Hermanos Orbón y la tasa que refleja la ordenanza no se corresponde con la actual gestión del festival, el PP propone eliminar este punto. Además, plantea adaptarlo con los precios aplicables al nuevo formato del certamen del queso y vino, embutidos y artesanía.

 

La segunda enmienda tiene que ver con la ordenanza número 404 relativa al Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Aquí se plantea una bonificación de carácter rogado de hasta un 50% de la cuota municipal del IAE para aquellas empresas que aún superando el 1.000.000 euros de facturación hayan presentado pérdidas en el ejercicio anterior.

 

La tercera enmienda se hace a la Ordenanza número 500, Servicio Municipal Suministro de Agua. El PP “insiste, como cada año, en la necesidad de que la tasa del agua, basura y alcantarillado aplicados a Comercios, Oficinas y Despachos se reduzca considerablemente. Es del todo desproporcionado el criterio que se aplica por actividad, máxime, cuando en la definición de uso comercial se especifica: “el agua se utilizará exclusivamente para higiene del personal afecto a la actividad”. Igualmente, “no se considerará uso comercial aquellos establecimientos que utilicen el agua para incorporar o fabricar el producto que se comercialice o forme parte del servicio que se preste”.

 

Dentro de la estructura tarifaria de Aguas de Avilés, “el tramo comercial es desproporcionado en relación con la actual tarifa del uso doméstico e industrial, estando 0,559069 euros por encima del doméstico y sólo 0,117084 euros por debajo del industrial”. En el caso del alcantarillado, la diferencia se dispara en la cuota de servicio a 3,048797 euros respecto del tramo doméstico y se iguala al industrial, del mismo modo que en consumo y existencia una diferencia de 0,022535 euros en relación con la cuota doméstica”. La propuesta es la reducción de la tarifa aplicada en el presente ejercicio de un 25% en consumo, tanto en suministro de agua como en alcantarillado y un 50 % en la cuota de servicio de alcantarillado, quedando como se indica en el siguiente cuadro:

 

 

SUMINISTRO DE AGUA – COMERCIAL
  COMERCIAL Reducción IPC COMERCIAL
CONSUMO 2022 -25% 10,60% 2023
Hasta 7 m3/mes 0,816126  0,612095 0,064882 0,676977 
De 7,01 a 15 m3/mes 1,055299  0,791475 0,083896 0,875371 
De 15,01 a 21 m3/mes 1,221921  0,916441 0,097143 1,013584 
> de 21 m3/mes 1,370921  1,028191 0,108988 1,137179 

 

ALCANTARILLADO – COMERCIAL
COMERCIAL Reducción IPC COMERCIAL
2022 -25% 10,60% 2023
Hasta 7 m3/mes 0,046021  0,034516 0,003659 0,038174 
De 7,01 a 15 m3/mes 0,192457  0,144343 0,015300 0,159643 
De 15,01 a 21 m3/mes 0,394017  0,295513 0,031324 0,326837 
> de 21 m3/mes 0,401896  0,301422 0,031951 0,333373 
 
 
Cuota de servicio 4,026787  4,026787 0,21342 2,226813 

 

 

La noticia en los medios de comunicación:

 

https://www.elcomercio.es/aviles/pide-tarifa-ambulantes-20221006002136-ntvo.html

Déjanos un comentario

x  Powerful Protection for WordPress, from Shield Security
Este Sitio Está Protegido Por
Shield Security